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PROTOCOLO DE KIOTO

 De nuevo estamos por aquí con un tema super importante, El Protocolo de Kioto, presentado por la estudiante Génesis Romero, te invitamos a verlo y luego no olvides dejar tu comentario y/o aporte en el espacio destinado a los comentarios.

PARQUES NACIONALES Y MONUMENTOS NATURALES

 Después de observar la exposicion de nuestros compañeros de Cátedra, te invitamos a realizar el comentario conclusivo y/o aporte sobre este tema abajo en el lugar para comentarios. 

Ley de Gestión de la Diversidad Biológica

  ¿Que interesante tema verdad?, ¿que opinión o reflexión puedes darnos después de observar el video hecho por los expositores?, esperamos tu comentario en la parte inferior de esta página

LEY FORESTAL DE SUELOS Y AGUAS

Para complementar las actividades programadas en esta evidencia los estudiantes prepararon este material, luego de observarlo realiza los comentarios pertinentes y tus aportes a la clase, vamos adelante queremos leerte, abajo en la sección de comentarios.  

ORDENAMIENTO JURIDICO AMBIENTAL Tema 3

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 En este espacio haremos el comentario conclusivo de la clase por nuestro chat de Telegram, recuerda identificar tu comentario con NOMBRE Y APELLIDO. Nos leemos en un próximo encuentro!!!

DERECHO AMBIENTAL. Definiciones, Principios y Evolución histórica

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  Bienvenidos al Blog, aqui publicaremos cada semana un tema de nuestro pènsum de Derecho Ambiental Venezolano, el cual irà actualizandose con el aporte de cada uno de uds.   En esta ocasión compartirán en la cajita de comentarios, su conclusión de la clase de este Tema 1, dictada por Telegram y pueden visualizar el contenido de las diapositivas en el video arriba indicado. Recuerda debes identificarte Al INICIO del comentario con NOMBRE Y APELLIDO únicamente y luego transcribes tu conclusión. NO COLOQUES TU NUMERO DE CEDULA, protege tus datos personales en Redes Sociales. Tamaño 10 LÍNEAS (ni más ni menos), en el espacio destinado para ello al final de esta página.

8.- CONTROL AMBIENTAL

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El control de actividades susceptibles de degradar el ambiente. Por implicar limitaciones: prohibiciones, restricciones, obligaciones y cargas a los derechos fundamentales de contenido económico y social, en particular el derecho de toda persona a dedicarse a la actividad económica de su preferencia (Artículo 112 CN, y el derecho de propiedad (Artículo115 CN), que sólo pueden establecerse mediante ley formal (principio de Reserva Legal, Artículo 156. 32 CN), la LOA en su Artículo 80 establece el listado (abierto) de las actividades susceptibles de degradar el ambiente sometidas a control estatal como sigue: “Se consideran actividades capaces de degradar el ambiente: 1. Las que directa o indirectamente contaminen o deterioren la atmósfera, agua, fondos marinos, suelo y subsuelo o incidan desfavorablemente sobre las comunidades biológicas, vegetales y animales. 2. Las que aceleren los procesos erosivos y/o incentiven la generación de movimientos morfodinámicos, tales como der...

Día Mundial de la Tierra

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El 22 de abril de 1970, se decretó en varios países la celebración del Día Mundial de la Tierra, esto se logró gracias a la manifestación de un movimiento ambientalista de norteamericanos, que lucharon en pro de un ambiente sostenible y saludable. Es importante lo que cada individuo pueda hacer desde su particularidad y de manera colectiva para mejorar las condiciones del medio ambiente, ya que el mismo humano ha sido su mayor depredador.  En este link te invito a visitar encontrarás una organización pro-ambientalista quien te presenta el planeta en cifras, así como los principales acuerdos mundiales para salvar el planeta Vitalis , entre otros temas de interés.   Después de haber leído detenidamente los post No. 6 Gestión Ambiental y 7. Educación ambiental y la participación ciudadana y 8. Control ambiental, así como también haber visitado el enlace de la página Vitalis , estás en capacidad de realizar un Informe que atienda a las siguientes preg...

7.- LA EDUCACIÓN AMBIENTAL Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

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La aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el año 1999, marcó un hito histórico para los educadores ambientales y personas interesadas en el cuidado y conservación del ambiente. No sólo por la incorporación en el texto constitucional de manera explícita de la obligatoriedad de la Educación Ambiental en todos los niveles y modalidades del sistema educativo venezolano, sino también, por la declaración de los derechos ambientales, los cuales formaban parte de los llamados derechos difusos en la antigua Constitución de la República de Venezuela (1961). Conocido también como Derecho de tercera generación (CRVB 1999). Es así como en su artículo 107, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999), señala que: “la Educación Ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema educativo, así como también en la educación ciudadana no formal.  La declaratoria contenida en el artículo precitado constituye un avan...